Legislación › Real Decreto 842/2011, de 17 de junio, por el que se establece la normativa básica de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y se crea y regula el Registro nacional de las mismas.
ANEXO II
ANEXO II
Datos del registro
1. Código de identificación de la ADSG.
2. Fecha de resolución o alta.
3. Denominación de la ADSG.
4. CIF.
5. Sede social: dirección (municipio, provincia y comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla) y código postal.
6. En su caso, teléfono, fijo y móvil, fax y correo electrónico.
7. Número de ganaderos que integran la agrupación.
8. Censo de animales que constituyen el efectivo ganadero de la agrupación, diferenciados por especies.
9. Código identificativo en el REGA de las explotaciones que integran la agrupación.
10. Ámbito territorial de la agrupación.
11. Identificación del representante legal de la agrupación.
12. Identificación del servicio veterinario de la agrupación:
a) Identificación (nombre, apellidos y CIF). En el caso de ser una persona jurídica, denominación social y CIF, e identificación del veterinario (persona física) Director Técnico de la agrupación (nombre, apellidos y NIF).
b) Elemento de contacto (teléfono, fijo y móvil, correo electrónico, etc.). En el caso de ser una persona jurídica, medio de contacto del veterinario (persona física) Director Técnico de la agrupación y del resto de veterinarios.


