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Legislación › Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos.

Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de julio de 2011 y la del 23 de febrero de 2014. Tachado: lo que se quitó (146 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa.
El párrafo b) del artículo 2 de la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, queda redactado en los siguientes términos:
«b) En las autoridades que a continuación se relacionan, todas las facultades relativas a la contratación en el extranjero que la disposición adicional primera 1.a) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, atribuye al Ministro de Defensa, así como aquellos negocios jurídicos cuya competencia corresponda al Ministro:
1.º En los Jefes de los órganos económicos que apoyan a las Fuerzas Armadas desplegadas fuera del territorio nacional, hasta un importe igual o inferior a 600.000 euros.
2.º En los respectivos Directores de Asuntos Económicos de los Ejércitos hasta un importe igual o inferior a 2.000.000 euros.
3.º En el Subdirector General de Gestión Económica de la Dirección General de Asuntos Económicos, sin límite de cuantía.»
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2014 En vigor BOE-A-2014-1937 Leer Qué cambió
20 de julio de 2011 Texto original Leer

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