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Legislación › Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Artículo 5. Principio de plurianualidad.

Artículo 5. Principio de plurianualidad.

La elaboración de los presupuestos de los agentes incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley se enmarcará en un escenario plurianual compatible con el principio de anualidad por el que se rige la aprobación y ejecución presupuestaria.

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