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Legislación › Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Artículo 31. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones.

Artículo 31. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones.

En el examen de las solicitudes y de las declaraciones que se formulen, la Oficina Consular o General del Registro Civil verificará la identidad y capacidad de los solicitantes o declarantes y, en su caso, comprobará la autenticidad de la firma.

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