Legislación › Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Artículo 31. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones.
Artículo 31. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones.
En el examen de las solicitudes y de las declaraciones que se formulen, la Oficina Consular o General del Registro Civil verificará la identidad y capacidad de los solicitantes o declarantes y, en su caso, comprobará la autenticidad de la firma.


