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Legislación › Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Artículo 94. Primacía del Derecho convencional y de la Unión Europea.

Artículo 94. Primacía del Derecho convencional y de la Unión Europea.

Las normas del presente Título se aplicarán sin perjuicio de lo que dispongan la normativa de la Unión Europea y los tratados e instrumentos internacionales vigentes en España.

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