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Legislación › Orden ARM/2090/2011, de 22 de julio, por la que se establecen medidas provisionales de protección frente al caracol manzana "Pomacea insularum y Pomacea canaliculata".

Disposición transitoria única. Transitoriedad.

Disposición transitoria única. Transitoriedad.

Para los vegetales y los caracoles señalados en el artículo 1 de la presente orden originarios de los terceros países, y que se encuentran embarcados en tránsito directo hacia España, será permitida su introducción siempre que se acredite fehacientemente que dichos vegetales salieron del territorio de origen con fecha anterior a la entrada en vigor de la presente orden, sin perjuicio del resultado de la inspección correspondiente.

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