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Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

En vigor Ministerio de Trabajo e Inmigración · Publicada el 30 de julio de 2011 · Último cambio el 19 de julio de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo 1. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  3. Artículo 2. Situación protegida. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  4. Artículo 3. Enfermedades graves.
  5. Artículo 4. Personas beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  6. Artículo 5. Períodos mínimos de cotización. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  7. Artículo 6. Prestación económica.
  8. Artículo 7. Nacimiento, duración, suspensión y extinción del derecho. 3 redacciones · cambió el 19/07/2023
  9. Artículo 8. Gestión y pago de la prestación económica 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  10. Artículo 9. Procedimiento para el reconocimiento del derecho. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  11. Disposición adicional única. Acreditación de la situación protegida en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
  12. Disposición transitoria única. Ingresos hospitalarios producidos con anterioridad al año 2011.
  13. Disposición final primera. Modificación del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
  14. Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
  15. Disposición final tercera. Actualización del listado de enfermedades graves. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  16. Disposición final cuarta. Título competencial.
  17. Disposición final quinta. Facultades de aplicación y desarrollo.
  18. Disposición final sexta. Entrada en vigor y efectos.
  19. Firma
  20. ANEXO