Legislación › Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento Electrónico.
VIII
VIII. Acceso a documentos electrónicos.
Cuando las administraciones públicas faciliten el acceso a los documentos electrónicos a través de sus sedes electrónicas o de los canales de comunicación que correspondan en cada caso, se mostrará:
a) El contenido del documento electrónico cuando éste sea representable conforme a lo recogido sobre formatos en el apartado VI de esta norma.
b) La información básica de cada una de las firmas del documento definida en el anexo III.
c) Descripción y valor de los metadatos mínimos obligatorios.


