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Legislación › Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.

Artículo 5. Contratos sujetos a regulación armonizada.

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Artículo 5. Contratos sujetos a regulación armonizada.
Son contratos sujetos a regulación armonizada a los efectos de esta Ley:
a) Los contratos de suministro y de servicios a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 428.000 431.000 euros.
b) Los contratos de obras a que se refiere el artículo 2, cuyo valor estimado, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, sea igual o superior a 5.350.000 5.382.000 euros.
c) En todo caso, los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2025-26605 Leer Qué cambió
1 de enero de 2024 BOE-A-2023-25764 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2021-21885 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2019-18748 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2017-15717 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2015-14343 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2013-13650 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2011-20024 Leer Qué cambió
3 de noviembre de 2011 Texto original Leer

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