Legislación › Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Disposición adicional primera. Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente.
Disposición adicional primera. Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente.
La adaptación normativa a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad se desarrollará sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas.


