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Legislación › Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Disposición adicional primera. Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente.

Disposición adicional primera. Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente.

La adaptación normativa a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad se desarrollará sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas.

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