Legislación › Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras.
Artículo 78. Naturaleza, régimen jurídico y objeto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 3 de diciembre de 2019.
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Artículo 78. Naturaleza, régimen jurídico y objeto.
1. La Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, adscrita al departamento competente en materia de cultura, es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia, de las reguladas por el artículo 1.b.1 del texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana, aprobado por el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, que debe ajustar su actividad al derecho privado, sin perjuicio de los ámbitos en los que, según la legislación vigente, debe someterse al derecho público.
2. La Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural tiene como objeto concentrar las iniciativas de apoyo y fomento del departamento competente en materia de cultura y de las entidades adscritas. Se excluyen las siguientes iniciativas:
a) Las que sean competencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales.
b) Las aportaciones y las subvenciones nominativas a las entidades participadas por la Generalidad, que deben ser aprobadas por el Parlamento mediante la Ley Generalidad con cargo a partidas nominativas.
c) Los premios competencia del departamento competente en materia de presupuestos. cultura.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de diciembre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-17794 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 30 de julio de 2011 | Texto original | Leer |


