Legislación › Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Disposición final primera. Integración del Servicio Público de Empleo Estatal y del Fondo de Garantía Salarial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de agosto de 2011 y la del 12 de febrero de 2012.
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Disposición final primera. Integración del Servicio Público de Empleo Estatal y del Fondo de Garantía Salarial.
El Servicio Público de Empleo Estatal y el Fondo de Garantía Salarial se integrarán en un único organismo. En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley, se adoptarán las disposiciones precisas para la citada integración y el funcionamiento efectivo del nuevo organismo. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de febrero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-2076 | Leer | Qué cambió |
| 31 de agosto de 2011 | Texto original | Leer |
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