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Legislación › Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Disposición transitoria primera. Contratos para la formación vigentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de agosto de 2011 y la del 13 de noviembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera. Contratos para la formación vigentes.
Los contratos para la formación concertados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley se regirán por la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se celebraron. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-11430 Leer Qué cambió
31 de agosto de 2011 Texto original Leer

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