Legislación › Real Decreto 1150/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles.
Disposición adicional primera. Aeropuertos calificados de interés general.
Disposición adicional primera. Aeropuertos calificados de interés general.
Todos los aeropuertos y helipuertos explotados por «Aena Aeropuertos, S.A.», con independencia de que los gestione la sociedad mercantil estatal, sus sociedades filiales o en régimen de concesión, cuya relación se incluye en el anexo, conservarán a la entrada en vigor de este real decreto su actual calificación como aeropuertos de interés general.
Igualmente conservarán dicha calificación los aeropuertos de titularidad no estatal actualmente calificados de interés general.


