LexTotal

Legislación › Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes.

Artículo 24. Obligación de información.

Artículo 24. Obligación de información.

La autoridad a que se refiere el artículo 22 de este real decreto informará a la Comisión de sus procedimientos de evaluación y notificación de organismos de evaluación de la conformidad y de supervisión de los organismos notificados, así como de cualquier cambio en la información transmitida.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →