Legislación › Resolución de 2 de agosto de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de julio de 2011, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones.
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2. Identificación del riesgo de inundaciones en España
A los efectos del presente Plan Estatal, la identificación del riesgo de inundaciones se efectuará de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación que traspone La Directiva Europea de Inundaciones (2007/60/CE).
Para que el desarrollo de la cartografía exigida responda a unos criterios homogéneos para todas las cuencas españolas (intercomunitarias-intracomunitarias), a efectos del presente Plan, el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), será la referencia cartográfica para la evaluación y la delimitación de las zonas con riesgo de inundaciones. Por lo tanto actuará como base de datos sobre zonas inundables, tal como establece la Directriz Básica de protección civil ante el riesgo de inundaciones.
Conforme al capítulo V, artículo 15, punto 2 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, los planes de protección civil existentes se adaptarán de forma coordinada para considerar la inclusión en los mismos de los mapas de peligrosidad y riesgo, y al contenido de los planes de gestión del riesgo de inundación.


