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Legislación › Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo.

Disposición final tercera.

Disposición final tercera.

El Gobierno Vasco presentará, en el plazo de seis meses desde la aprobación de esta Ley, las modificaciones necesarias a la Ley 6/1989, de 6 de junio, de Función Pública Vasca, derivadas de los preceptos recogidos en la presente Ley.

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