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Legislación › Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Artículo 5. Principios de actuación administrativa.

Artículo 5. Principios de actuación administrativa.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, además de los principios orientadores que establece el artículo 3 de la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, ajustará su actuación a los siguientes principios de actuación administrativa:

a) Principio de transparencia y participación, en lo que se refiere a la rendición de cuentas ante la ciudadanía y a la participación social para el cumplimiento de sus objetivos.

b) Principio de autonomía y responsabilidad, en tanto que se le confiere a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo capacidad para gestionar con autonomía los medios puestos a su disposición en orden a cumplir sus fines.

c) Principio de cooperación interadministrativa y participación institucional, entendidos como la disposición a la colaboración interdepartamental e interinstitucional.

d) Principio de calidad y mejora continua.

e) Principio de ética profesional y responsabilidad pública.

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