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Legislación › Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Artículo 30. Competencias de la Comisión de Investigación y Doctorado.

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Artículo 30. Competencias de la Comisión de Investigación y Doctorado.
La Comisión de Investigación y Doctorado, sin perjuicio de las competencias que le atribuya la legislación vigente, tendrá las siguientes atribuciones:
a) Elaborar la programación de fomento y desarrollo de la investigación.
b) Emitir informe sobre la creación de los Institutos Universitarios de Investigación y sobre el reconocimiento de los grupos de investigación.
c) Proponer la distribución de los recursos destinados a investigación entre las Facultades, Departamentos, Escuela Internacional de Doctorado, Institutos Universitarios de Investigación y los grupos de investigación. Esta distribución de recursos se hará en función de baremos objetivos, que deben estar aprobados previamente, y debe asegurar la viabilidad económica de realización de los proyectos seleccionados.
d) Proponer los criterios de asignación de las ayudas destinadas al fomento de la actividad investigadora.
e) Evaluar e informar los contratos de realización de trabajos de investigación que vayan a firmarse al amparo de estos estatutos.
f) Elevar al Consejo de Gobierno y al Rector propuestas orientadas a la promoción de las iniciativas y actividades de investigación.
g) Aprobar, a propuesta del órgano que coordine los estudios de Doctorado, los proyectos y trabajos definitivos de tesis doctorales, así como la composición Escuela Internacional de los tribunales que han Doctorado, la defensa pública de juzgarlos. las tesis doctorales.
h) Informar las propuestas de concesión del título de Doctor Honoris Causa.
i) Informar, a Informar la propuesta del órgano que coordine los estudios de Doctorado, los programas de doctorado de la Universidad. Escuela Internacional de Doctorado.
j) Elaborar su proyecto de reglamento de régimen interior, que deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno.
k) Cualquier otra que le sea asignada por el Consejo de Gobierno o el Claustro universitario.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-19905 Leer Qué cambió
23 de septiembre de 2011 Texto original Leer

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