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Legislación › Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Artículo 97. Dispensa de obligaciones académicas.

Artículo 97. Dispensa de obligaciones académicas.

A petición propia y previo informe del Consejo de Departamento y de las Juntas de Facultad o Escuela en que imparten docencia, los titulares de órganos unipersonales de gobierno podrán ser dispensados por el Consejo de Gobierno de forma total o parcial de otras obligaciones académicas.

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