Legislación › Real Decreto 1238/2011, de 8 de septiembre, por el que se regula el servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria.
Artículo 14. Requisitos del personal del servicio de dirección en la plataforma.
Artículo 14. Requisitos del personal del servicio de dirección en la plataforma.
El personal que preste el servicio de dirección en la plataforma deberá tener 18 años cumplidos y estar en posesión del título de bachillerato o de un título que permita el acceso a la universidad o equivalente, y acreditar el resto de los requisitos establecidos en este capítulo.


