Legislación › Ley 30/2011, de 4 de octubre, sobre la creación del Consejo General de Economistas (unificación de las organizaciones colegiales de economistas y de titulares mercantiles).
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
El Gobierno, mediante Real Decreto a petición de los Colegios correspondientes y previa consulta a las Comunidades Autónomas afectadas, podrá acordar la unificación o segregación de los Colegios de Economistas y los Colegios de Titulares Mercantiles cuando su ámbito territorial sea supraautonómico.
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