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Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de octubre de 2011 · Último cambio el 18 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Clasificación.
- Artículo 5. Tratamiento de la información. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 6. Autoridades competentes y competencias. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 7. Actuación coordinada de las autoridades competentes.
- Artículo 8. Determinación de la amenaza base de diseño. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 9. Responsabilidad en materia de protección física.
- Artículo 10. Notificación a las Autoridades competentes.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 11. Obligación de disponer de autorización.
- Artículo 12. Otras obligaciones.
- Artículo 13. Solicitud de autorización.
- Artículo 14. Documentación. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 15. Cese de actividades.
- Sección 2
- Artículo 16. Obligación de disponer de autorización.
- Artículo 17. Otras obligaciones.
- Artículo 18. Tipos de autorización.
- Artículo 19. Solicitud de autorización. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Sección 3
- Artículo 20. Presentación de la solicitud.
- Artículo 21. Tramitación de la solicitud.
- Artículo 22. Resolución de la solicitud. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 23. Renovación de la autorización.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 24. Protección física de las fuentes radiactivas.
- Artículo 25. Tramitación del Plan de protección física.
- Sección 2
- Artículo 26. Protección física de los transportes.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Creación del Registro.
- Artículo 28. Inscripción en el Registro. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 29. Medidas generales de protección física.
- Artículo 30. Medidas generales de protección física de las centrales nucleares y en las instalaciones nucleares que se determine por Ley. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 31. Medidas generales de protección física en las instalaciones nucleares no incluidas en el artículo 30. 2 redacciones · cambió el 18/12/2015
- Artículo 32. Medidas generales de protección física de fuentes radiactivas.
- Artículo 33. Control y contabilidad de los materiales nucleares y las fuentes radiactivas.
- Artículo 34. Medidas específicas o urgentes y especiales de protección física de las instalaciones.
- Sección 2
- Artículo 35. Medidas generales de protección física de los transportes de materiales nucleares y fuentes radiactivas.
- Artículo 36. Medidas específicas de protección física de los transportes de materiales nucleares y fuentes radiactivas.
- Artículo 37. Medidas urgentes y especiales de protección física durante el transporte.
- Artículo 38. Niveles mínimos de protección física para el transporte de material nuclear.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 39. Gestión de los sucesos de tráfico ilícito.
- Artículo 40. Base de datos de tráfico ilícito de materiales nucleares y radiactivos del OIEA.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 41. Personal de inspección.
- Artículo 42. Obligaciones de los responsables de las instalaciones y actividades.
- Artículo 43. Acta de inspección.
- Artículo 44. Actuaciones en caso de riesgo.
- Artículo 45. Cooperación con las autoridades de protección física de otros Estados.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 46. Normativa aplicable en las sanciones de los hechos constitutivos de infracciones.
- Artículo 47. Suspensión o revocación de autorizaciones.
- Disposición adicional única. Integración de Planes de Protección Física y Planes de Protección Específicos.
- Disposición transitoria única. Periodo de adaptación al real decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre.
- Disposición final tercera. Cumplimiento de otras disposiciones.
- Disposición final cuarta. Desarrollo del real decreto.
- Disposición final quinta. Actualización de anexos.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


