LexTotal

Legislación › Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.

Artículo 77. Principio básico de actuación.

Artículo 77. Principio básico de actuación.

Las administraciones agrarias vascas colaborarán con la autoridad laboral competente en la ordenación y adecuación legal de los empleadores y empleados en la actividad profesional agraria.

← Artículo 76 Índice Artículo 78 →