Legislación › Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
Artículo 94. Funciones y régimen interno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 16 de julio de 2022.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras).
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Artículo 94. Funciones y régimen interno.
Reglamentariamente se determinarán Se determinará reglamentariamente la composición, las funciones y el régimen de funcionamiento interno del Consejo Agrario y Alimentario y de Desarrollo Rural de Euskadi y de la Comisión de Política Agraria Agraria, Alimentaria y Alimentaria. de Desarrollo Rural, así como de su Secretaría Técnica.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de julio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-12589 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | Texto original | Leer |


