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Legislación › Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.

Disposición transitoria cuarta. Mercados y ferias locales tradicionales.

Disposición transitoria cuarta. Mercados y ferias locales tradicionales.

Las administraciones públicas vascas adaptarán su normativa a la presente ley en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.

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