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Legislación › Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Artículo 161. Inimpugnabilidad de las resoluciones de tramitación.

Artículo 161. Inimpugnabilidad de las resoluciones de tramitación.

Contra las resoluciones que se dicten en su tramitación no cabrá recurso, salvo el de declaración inicial de incompetencia.

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