LexTotal

Legislación › Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

Artículo 19. Medidas aplicables en las zonas en que no se superen los valores objetivo para arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno.

Artículo 19. Medidas aplicables en las zonas en que no se superen los valores objetivo para arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno.

En las zonas y aglomeraciones en las que los niveles sean inferiores a sus respectivos valores objetivo las comunidades autónomas adoptarán las medidas necesarias para mantener esa situación, de forma que se obtenga la mayor calidad posible del aire.

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →