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Legislación › Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

ANEXO VII

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ANEXO VII
Métodos de referencia para la evaluación de las concentraciones de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas (PM10 y PM2,5), plomo, benceno, monóxido de carbono, ozono, arsénico, cadmio, mercurio, níquel e hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) (artículos 3.2, 7 y 11)
A. Métodos de referencia
1. Método de referencia para la medición de dióxido de azufre
azufre. El método de referencia para la medición de dióxido de azufre es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14212:2006 «Calidad del aire ambiente-Método 14212:2013 “Aire ambiente. Método normalizado de medida de la concentración de dióxido de azufre por fluorescencia de ultravioleta». ultravioleta”.
2. Método de referencia para la medición de dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno
nitrógeno. El método de referencia para la medición de dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14211:2006 «Calidad del aire ambiente-Método 14211:2013 “Aire ambiente. Método normalizado de medida de la concentración de dióxido de nitrógeno y monóxido de nitrógeno por quimioluminiscencia». quimioluminiscencia”.
3. Método de referencia para la toma de muestras y la medición de plomo
plomo. El método de referencia para la toma de muestras de plomo es el que se describe en la sección A, apartado 4, del presente anexo. El método de referencia para la medición de plomo es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14902:2006 «Calidad “Calidad del aire ambiente-Método normalizado para la medida de Pb, Cd, As y Ni en la fracción PM10 de la materia particulada en suspensión». suspensión”.
4. Método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM10
PM10. El método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM10 es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 12341:1999 «Calidad del aire-Determinación 12341:2015 “Aire ambiente. Método de medición gravimétrico normalizado para la fracción determinación de la concentración másica PM10 o PM2,5 de la materia particulada en suspensión-Método de referencia y procedimiento de ensayo de campo para demostrar la equivalencia de los métodos de medida al de referencia». suspensión”.
5. Método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM2,5
PM2,5. El método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM2,5 es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14907:2006 «Calidad del aire ambiente-Método gravimétrico 12341:2015 “Aire ambiente. Método de medida medición gravimétrico normalizado para la determinación de la fracción concentración másica PM10 o PM2,5 de la materia particulada en suspensión». suspensión”.
6. Método de referencia para la medición de benceno
benceno. El método de referencia para la medición de benceno es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14662:2006, partes 1, 2 1 y 3 «Calidad 2 ‘‘Calidad del aire ambiente-Método ambiente - Método normalizado de medida de las concentraciones de benceno». benceno’’ y en la Norma UNE-EN 14662-3:2016 ‘‘Aire ambiente. Método normalizado para la medición de las concentraciones de benceno. Parte 3: Muestreo automático por aspiración con cromatografía de gases in situ’’.
7. Método de referencia para la medición de monóxido de carbono
carbono. El método de referencia para la medición de monóxido de carbono es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14626:2006 «Calidad 14626:2013 “Calidad del aire ambiente-Método ambiente. Método normalizado de medida para la medición de la concentración de monóxido de carbono por espectrometría espectroscopía infrarroja no dispersiva». dispersiva”.
8. Método de referencia para la medición de ozono
ozono. El método de referencia para la medición de ozono es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14625:2005 «Calidad del aire ambiente-Método 14625:2013 “Aire ambiente. Método normalizado de medida de la concentración de ozono por fotometría ultravioleta». ultravioleta”.
9. Método de referencia para la toma de muestras y análisis de arsénico, cadmio y níquel en el aire ambiente
ambiente. El método de referencia para la medición toma de las concentraciones muestras del arsénico, cadmio y níquel en el aire ambiente se describe en la Norma UNE-EN 12341:2015. El método de referencia para la medición del arsénico, cadmio y níquel en el aire ambiente es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 14902: 2006 «Calidad 14902:2005 “Calidad del aire ambiente. Método normalizado para la medida de Pb, Cd, As y Ni en la fracción PM10 de la materia particulada en suspensión». suspensión”.
Se podrá utilizar también cualquier otro método si se puede demostrar que proporciona resultados equivalentes a los del método antes mencionado.
10. Método de referencia para la toma de muestras y análisis de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente. El método de referencia para la toma de muestras de los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente
se describe en la Norma UNE-EN 12341:2015. El método de referencia para la medición de las concentraciones de del benzo(a)pireno en el aire ambiente es el que se describe en la norma Norma UNE-EN 15549:2008 «Calidad “Calidad del aire-Método aire. Método normalizado para la medición de la concentración de benzo(a)pireno en el aire ambiente».
Los
ambiente”. A falta de método normalizado CEN para los demás HAP hidrocarburos aromáticos policíclicos contemplados en el artículo 9, las instituciones responsables del funcionamiento de las redes y de las estaciones individuales podrán utilizar métodos normalizados nacionales o métodos ISO.
Se podrá utilizar también cualquier otro método si
se determinarán por la misma metodología puede demostrar que el benzo(a)pireno, descrita en la norma anterior. proporciona resultados equivalentes a los del método antes mencionado.
11. Método de referencia para la medición de mercurio gaseoso total en el aire ambiente
ambiente. El método de referencia para la medición de las concentraciones de mercurio gaseoso total en el aire ambiente será un método automatizado basado en la espectrometría de absorción atómica o en la espectrometría de fluorescencia atómica, que actualmente está en fase de borrador final en CEN y es el FprEN 15852 «Calidad que se describe en la Norma UNE-EN 15852:2010 “Calidad del aire ambiente. Método normalizado para la determinación de del mercurio gaseoso total» total”.
Se podrá utilizar también cualquier otro método si se puede demostrar que proporciona resultados equivalentes a los del método antes mencionado.
12. Método de referencia para la toma de muestras y análisis de los depósitos de arsénico, cadmio, mercurio, níquel e hidrocarburos aromáticos policíclicos
policíclicos. El método de referencia para la medición toma de muestra y determinación de los depósitos de arsénico, cadmio, mercurio cadmio y níquel es el descrito que se describe en la norma UNE EN Norma UNE-EN 15841:2010 «Calidad “Calidad del aire ambiente. Método normalizado para la determinación de arsénico, cadmio, plomo y níquel en la deposición atmosférica» depósitos atmosféricos”.
El método de referencia para la medición toma de muestra y determinación de los depósitos de hidrocarburos aromáticos policíclicos mercurio es el que se basará describe en la exposición Norma UNE-EN 15853:2010 “Calidad del aire ambiente. Método normalizado para la determinación de indicadores la deposición de depósitos cilíndricos mercurio”.
El método
de dimensiones normalizadas, que actualmente está en fase referencia para la toma de borrador en CEN muestra y determinación de los depósitos de benzo(a)pireno y los demás hidrocarburos policíclicos a que se refiere el artículo 9, es el prEN 15950 «Calidad que se describe en la Norma UNE-EN 15980:2011 “Calidad del aire. Determinación de la deposición de benzo(a)antraceno, benzo(b)fluoranteno, benzo(j)fluoranteno, benzo(k)fluoranteno, benzo(a)pireno, dibenzo(a,h)antraceno benzo[a]antraceno, benzo[b]fluoranteno, benzo[j]fluoranteno, benzo [k]fluoranteno, benzo[a]pireno, dibenzo[a,h]antraceno e indeno(1,2,3-cd)pireno» indeno[1,2,3-cd]pireno”.
B. Demostración de la equivalencia
1. Las autoridades competentes podrán emplear cualquier otro método si pueden demostrar que genera resultados equivalentes a cualquiera de los métodos a que se refiere la sección A o, en el caso de las partículas, que guarda una relación coherente con el método de referencia. En tal caso, los resultados obtenidos con dicho método deberán corregirse para producir resultados equivalentes a los que se habrían obtenido con el método de referencia.
2. El laboratorio nacional de referencia preparará para las autoridades competentes un informe de demostración de equivalencia con arreglo al apartado 1, que presentarán al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Cuando las autoridades competentes hayan utilizado factores provisionales para aproximar la equivalencia, estos factores deberán confirmarse y/o modificarse en relación con las directrices de la Comisión. Además, se asegurarán de que, cuando así proceda, las correcciones se apliquen también retroactivamente a los resultados de mediciones pasadas para conseguir una mayor comparabilidad de los datos.
C. Referencia a presión y temperatura
En el caso de los contaminantes gaseosos, el volumen deberá referirse a una temperatura de 293 K y una presión atmosférica de 101,3 kPa. En el caso de las partículas y componentes que deben analizarse en la fase particulada, el volumen de muestreo se expresará en condiciones ambientales de temperatura y presión atmosférica en el momento de las mediciones.
D. Introducción de nuevos equipos
Las autoridades competentes se asegurarán de que todo nuevo equipo adquirido para la aplicación del presente Real Decreto sea conforme con el método de referencia o equivalente a más tardar el 11 de junio de 2010.
Todo el equipo utilizado en mediciones deberá ser conforme con el método de referencia o equivalente a más tardar el 11 de junio de 2013.
(Suprimida)
E. Reconocimiento mutuo de datos
Al proceder a En la homologación para demostrar que el equipo cumple demostración de la conformidad de los equipos con los requisitos de rendimiento de los métodos de referencia enumerados en la sección A, A del presente anexo, las autoridades y los organismos competentes designados de conformidad con el arreglo al artículo 3 aceptarán los informes de los ensayos ensayo elaborados en otros Estados miembros por miembros, siempre que los laboratorios de ensayo estén acreditados según la norma armonizada pertinente aplicable a los laboratorios de ensayo y calibración, es decir, la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 para proceder 17025.
Los informes de ensayo detallados y todos los resultados de los ensayos deberán ponerse
a dichos ensayos. disposición de las autoridades competentes o de sus organismos designados. Los informes de ensayo deberán demostrar que los equipos cumplen todos los requisitos de rendimiento, aun cuando algunas condiciones ambientales o de los emplazamientos sean específicas de un Estado miembro y no coincidan con las condiciones respecto a las cuales se haya obtenido la aprobación de tipo y sometido a ensayo los equipos en otro Estado miembro.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-914 Leer Qué cambió
30 de enero de 2011 Texto original Leer

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