Legislación › Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
ANEXO XII
ANEXO XII
Mediciones de amoniaco (artículo 12)
A. Ubicación de los puntos de muestreo
I. Macroimplantación
Los puntos de muestreo, en estaciones rurales de fondo y en estaciones de tráfico, cumplirán con las especificaciones del apartado II del anexo III para dichos emplazamientos.
II. Microimplantación
Se aplicarán las especificaciones del apartado III del anexo III.
B. Objetivo de calidad de los datos
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Captación pasiva |
Métodos automáticos |
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Incertidumbre |
50 % |
25 % |
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Captura mínima de datos |
90 % |
90 % |
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Período de muestreo |
Quincenal o inferior |
Diaria o inferior |
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Cobertura mínima temporal |
60 % |
33 % |
Las mediciones se distribuirán homogéneamente a lo largo del año.
La incertidumbre de la medida se calculará según lo especificado en el apartado I.a) del anexo V.
C. Técnicas de análisis
I. Técnica de análisis para NH3
El amoniaco se determinará en las estaciones rurales de fondo y de tráfico mediante uno de los siguientes métodos:
a) sistemas pasivos, con captación en cartuchos adsorbentes de ácido fosfórico, u otro adsorbente adecuado, y determinación en el laboratorio por espectrofotometría UV/visible.
b) métodos automáticos basados en quimiluminiscencia con una eficacia de oxidación del convertidor superior al 95 %.
c) métodos específicos fotoacústicos.
II. Demostración de la equivalencia
Las autoridades competentes podrán utilizar técnicas distintas a las descritas en el apartado anterior, siempre que puedan demostrar que generan resultados equivalentes a dichas técnicas.


