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Legislación › Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Disposición adicional trigésima quinta. Actualización de las cuantías de las tasas.

Disposición adicional trigésima quinta. Actualización de las cuantías de las tasas.

Las cuantías de las tasas reguladas en el título IV del Libro Segundo de la presente ley podrán ser modificadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado

Téngase en cuenta que esta disposición, añadida por la disposición final 3.8 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, BOE-A-2014-7877. entra en vigor del 25 de septiembre de 2014.

Se añade por la disposición final 3.8 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, BOE-A-2014-7877.

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