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Legislación › Ley 11/2010, de 17 de diciembre, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad.

Artículo 20. Disposiciones generales.

Artículo 20. Disposiciones generales.

1. Constituye infracción administrativa toda acción u omisión tipificada en los artículos 22 y siguientes de la presente ley.

2. En el supuesto de que, una vez practicadas las diligencias de investigación oportunas tendentes a individualizar al infractor o infractores, no sea posible determinar el grado de participación de los diversos sujetos que hubieran intervenido en la comisión de la infracción, la responsabilidad será solidaria.

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