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Legislación › Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.

Artículo 33. La Comisión Consultiva.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de enero de 2011 y la del 28 de diciembre de 2013. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 33. Simplificación administrativa e integración de procedimientos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28 de la presente Ley, el procedimiento para la obtención de la autorización comercial autonómica eximirá de la necesidad de obtener la licencia municipal de actividad. Obtenida la autorización autonómica, el ayuntamiento respectivo será competente para el otorgamiento de la persona interesada presentará la comunicación previa o solicitará la licencia urbanística. urbanística, según proceda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-3385 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-2017 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-883 Leer Qué cambió
18 de enero de 2011 Texto original Leer

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