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Legislación › Ley 4/2006, de 10 de noviembre, de creación del Colegio de Logopedas del País Vasco

Disposición transitoria tercera. Convocatoria del órgano plenario.

Disposición transitoria tercera. Convocatoria del órgano plenario.

1. Pasados nueves meses desde la apertura del periodo de colegiación, la Comisión Gestora convocará al órgano plenario del Colegio de Logopedas del País Vasco al objeto de proceder a la elección de los miembros integrantes de los órganos de gobierno.

2. La constitución de los órganos de gobierno será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

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