Legislación › Ley 10/2006, de 29 de diciembre, de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi.
Disposición derogatoria segunda.
Disposición derogatoria segunda.
Quedan derogados los artículos 5, 6, 7, 8, 10 y 11 del Decreto 229/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la producción agraria ecológica, su elaboración y comercialización, y se crea el Consejo Vasco de la Producción Agraria Ecológica (BOPV n.º 193, de 7 de octubre de 1996), y cualquier otra disposición en todo aquello en lo que se oponga a lo establecido en la presente ley.
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