Legislación › Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía.
Artículo 26. Generación y fomento de la calidad del empleo en los territorios de olivar y en el sector oleícola.
Artículo 26. Generación y fomento de la calidad del empleo en los territorios de olivar y en el sector oleícola.
Con el fin de impulsar la creación, la calidad y la sostenibilidad del empleo en las explotaciones y territorios de olivar, y en el sector oleícola en su conjunto, la Administración de la Junta de Andalucía desarrollará medidas para el fomento de políticas activas que contribuyan a mejorar las condiciones del empleo en el sector, con especial atención a la formación de sus trabajadores.


