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Legislación › Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.

Disposición adicional única. Colaboración con las comunidades autónomas.

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Disposición adicional única. Colaboración con las comunidades autónomas.
1. El Consejo Rector presentará a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático propuestas sobre los sectores prioritarios de actuación en lo que se refiere a la adquisición de reducciones verificadas de emisiones derivadas de proyectos ubicados en el territorio nacional. La Comisión de Coordinación analizará las alternativas y velará por la coherencia de las actuaciones del Fondo en este ámbito con las medidas aplicadas por las comunidades autónomas para reducir emisiones de gases de efecto invernadero.
2. Periódicamente, el Presidente del Consejo Rector informará a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático de la actividad del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.
(Anulada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de marzo de 2018 En vigor BOE-A-2018-4147 Leer Qué cambió
10 de noviembre de 2011 Texto original Leer

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