Legislación › Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Artículo 22. Planes sectoriales y de carácter estratégico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de marzo de 2006 y la del 18 de marzo de 2022.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (194 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 22. Memoria explicativa Planes sectoriales y aprobación de la norma o acto carácter estratégico.
1. El proyecto de norma o disposición habrá Los poderes públicos vascos han de ir acompañado incluir la perspectiva de una memoria que explique detalladamente los trámites realizados género en relación con sus planes sectoriales y en los artículos 19 a 21 de esta ley carácter estratégico, así como medidas para promover la igualdad y los resultados eliminar desigualdades entre mujeres y hombres, considerando especialmente la situación de las mujeres en las que concurren los factores referidos en el último inciso del párrafo 1 del artículo 3. Todo ello, salvo que mediante informe motivado se justifique la misma. no pertinencia del plan respecto al género. El informe se enviará al correspondiente órgano u organismo competente en materia de igualdad de mujeres y hombres, para recabar su parecer.
2. La aprobación o suscripción Con el fin de conocer su impacto en la norma o acto administrativo situación de mujeres y hombres, los poderes públicos vascos deben garantizar que se trate dejará constancia, al menos sucintamente, en las memorias o evaluaciones de la realización los planes sectoriales y de carácter estratégico se aporte información desglosada por sexo de los trámites referidos indicadores de evaluación previstos y de las personas beneficiarias de las medidas desarrolladas en el párrafo anterior. plan.
3. Las administraciones públicas vascas, a propuesta de su órgano u organismo competente en materia de igualdad de mujeres y hombres, pueden aprobar normas o directrices en las que se indiquen las pautas que se deberán seguir para la aplicación efectiva y el seguimiento de lo previsto en los párrafos anteriores.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de marzo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-4849 | Leer | Qué cambió |
| 3 de marzo de 2006 | Texto original | Leer |


