Legislación › Real Decreto 1616/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el seguro de los propietarios de los buques civiles para reclamaciones de derecho marítimo.
Disposición final segunda. Facultades de ejecución.
Disposición final segunda. Facultades de ejecución.
Se faculta al Director General de la Marina Mercante para la ejecución de cuantos actos sean precisos a efectos de cumplimentar lo dispuesto en este real decreto.
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