Legislación › Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Disposición adicional vigésima séptima. Agrupaciones europeas de cooperación territorial.
Disposición adicional vigésima séptima. Agrupaciones europeas de cooperación territorial.
Las Agrupaciones europeas de cooperación territorial reguladas en el Reglamento (CE) número 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, cuando tengan su domicilio social en España, ajustarán la preparación y adjudicación de sus contratos a las normas establecidas en esta Ley para los poderes adjudicadores.
← Disposición adicional vigésima sexta Índice Disposición adicional vigésima octava →


