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Legislación › Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado.

Disposición transitoria primera. Información en Memoria del inmovilizado no financiero y los bienes en estado de venta.

Disposición transitoria primera. Información en Memoria del inmovilizado no financiero y los bienes en estado de venta.

En tanto no estén operativos los inventarios de bienes y derechos del inmovilizado no financiero en los Departamentos Ministeriales, la información en Memoria de los elementos del inmovilizado material e intangible y de las inversiones inmobiliarias que no estén incluidos en la Central de Información de Bienes Inventariables del Estado (C.I.B.I.) se limitará a la prevista en el apartado 1 de las notas 4, «Inmovilizado material», y 6, «Inmovilizado intangible». Asimismo, la información de la nota 16, «Activos en estado de venta», se limitará a los bienes incluidos en C.I.B.I.

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