Legislación › Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado.
Regla 43. Publicación de la Cuenta de la Administración General del Estado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de noviembre de 2011 y la del 18 de abril de 2021.
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Regla 43. Publicación del Resumen de la Cuenta de la Administración General del Estado.
Al objeto de que todos los posibles destinatarios de la información contable puedan disponer de datos sobre la actividad desarrollada por la Administración General del Estado, la Intervención General de la Administración del Estado publicará anualmente en el plazo portal de un mes contado desde la remisión Administración presupuestaria, dentro del canal “Registro de cuentas anuales del sector público”, la Cuenta de la Administración General del Estado al Tribunal Estado, de Cuentas, acuerdo con lo previsto en el artículo 136.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Asimismo, la Intervención General de la Administración del Estado publicará en el «Boletín "Boletín Oficial del Estado» la información contenida en Estado" el Resumen día 31 de dicha Cuenta julio la referencia al que se refiere el punto 3 “Registro de la Regla 39. cuentas anuales del sector público”, de
A efectosla publicación indicada acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, los datos del «Resumen de la Cuenta art. 136.3 de la Administración General del Estado» podrán expresarse en una escala Ley 47/2003, de cuenta distinta 26 de la utilizada en los registros del SIC, la cual se fijará por la Intervención noviembre, General de la Administración del Estado atendiendo fundamentalmente a una mayor claridad y comprensión de la misma. Presupuestaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-6124 | Leer | Qué cambió |
| 17 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


