Legislación › Orden EHA/3082/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas hípicas de contrapartida.
Artículo 12. Importe de las apuestas hípicas de contrapartida.
Artículo 12. Importe de las apuestas hípicas de contrapartida.
El precio de la unidad mínima de participación en las apuestas hípicas de contrapartida será el establecido por los operadores en sus reglas particulares, y estará expresado en euros.


