Legislación › Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión a que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007.
Disposición adicional primera. Aplicación del servicio de disponibilidad a medio plazo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de noviembre de 2011 y la del 22 de diciembre de 2018.
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Disposición adicional primera. Aplicación del servicio de disponibilidad a medio plazo.
El servicio de disponibilidad a medio plazo definido en la presente orden resultará de aplicación para el periodo de un año a contar desde el día 15 del mes siguiente a su entrada en vigor, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 de la misma. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de diciembre de 2018 En vigor | BOE-A-2018-17606 | Leer | Qué cambió |
| 19 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


