Legislación › Ley 1/2004, de 25 de febrero, de Ordenación de los Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
Disposición adicional sexta. Inclusión de nuevas titulaciones oficiales en las escalas existentes.
Disposición adicional sexta. Inclusión de nuevas titulaciones oficiales en las escalas existentes.
Se faculta al Gobierno Vasco para que, en el supuesto de que se aprueben nuevas titulaciones oficiales adecuadas para desempeñar las funciones correspondientes a alguna de las escalas creadas por ley, apruebe mediante decreto su inclusión entre las habilitantes para el acceso a aquellas.
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