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Legislación › Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La presente Ley será también de aplicación en lo que proceda a los productos derivados de la uva o del vino y, en particular, al vinagre de vino, al aguardiente de orujo y al mosto.

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