Legislación › Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
La presente Ley será también de aplicación en lo que proceda a los productos derivados de la uva o del vino y, en particular, al vinagre de vino, al aguardiente de orujo y al mosto.


