Legislación › Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).
Artículo 11. Direcciones Generales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de noviembre de 2011 y la del 6 de septiembre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (109 palabras). Subrayado: lo que se añadió (57 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 11. Centros Directivos y de Coordinación.
1. Dependiendo del Consejero Delegado se encuentran los dos siguientes centros directivos, con atribución de sus correspondientes funciones: Centros Directivos:
a) Dirección General de Servicios a Internacionalización de la Empresa.
Servicios dirigidos a empresas en materia de iniciación en Sus funciones serán la exportación, formación empresarial, información económica y comercial, asesoramiento y acceso a mercados exteriores tanto en el campo del comercio dirección de bienes y servicios, como en las inversiones actividades de empresas españolas la Entidad Pública Empresarial en el exterior. relación con la internacionalización de la empresa española.
b) Dirección General de Promoción Internacional. Cooperación Institucional y
Organización de ferias, misiones comerciales, jornadas técnicasotros eventos de promoción comercial Coordinación.
Sus funciones serán la dirección y de imagen de España en el exterior, tanto colectivos como coordinación de apoyo a empresas individuales, dirigidos tanto a la exportación las actividades de bienes y servicios como a la ejecución de proyectos, Entidad Pública Empresarial en relación con la cooperación tecnológica, industrial y comercial internacional institucional y la participación aquellas otras relacionadas con los fines de las empresas en licitaciones internacionales. la entidad que le encomiende el Consejero Delegado.
2. Los titulares de estos centros directivos serán nombrados, y en su caso cesados, por orden del Ministro Industria, Turismo de Economía y Comercio, Competitividad, debiendo ser informado posteriormente el Consejo de Administración. Estarán afectados por el régimen de incompatibilidad establecido por la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado.
3. El ICEX contará asimismo con una Secretaría General, que coordinará las actividades administrativas de las distintas unidades y cuantas funciones le asigne el Consejero Delegado, actuando como interlocutor, en estas materias, de los directores de la red territorial y exterior de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior. Comercio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-8646 | Leer | Qué cambió |
| 6 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-9353 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


