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Legislación › Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

Artículo 7. Promoción de las tecnologías de la información y la comunicación.

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Artículo 7. Promoción de las tecnologías de la información y la comunicación.
Las administraciones públicas andaluzas promoverán la simplificación y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el tratamiento, conservación, gestión, acceso y difusión de los documentos de su competencia. La Junta de Andalucía promoverá, además, la implantación y utilización de herramientas de administración electrónica digital para facilitar a las personas físicas y jurídicas su participación en los procedimientos contemplados en la presente ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-90030 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 2011 Texto original Leer

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