LexTotal

Legislación › Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

Disposición adicional duodécima. Legislación estatal.

Disposición adicional duodécima. Legislación estatal.

De conformidad con la competencia exclusiva del Estado prevista en el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, los documentos de titularidad pública enumerados en las letras h), i), j) y k) del artículo 9.2 se someterán a la legislación estatal que les sea de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la presente ley en todo aquello en lo que no se oponga.

Se añade por el art. único.3 de la Ley 6/2013, de 22 de octubre. BOE-A-2013-11940.

← Disposición adicional undécima Índice Disposición transitoria primera →