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Legislación › Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de enero de 2013 y la del 11 de septiembre de 2025. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
La aplicación de este real decreto no supondrá incremento del gasto público.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 atenderá con sus medios personales y materiales a la constitución y funcionamiento del Foro de Cultura inclusiva. Inclusiva.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-17928 Leer Qué cambió
12 de enero de 2013 BOE-A-2013-307 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 2011 Texto original Leer

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